Qué dice el fallo que absolvió a Juan Darthés en la causa de abuso sexual iniciada por Thelma Fardin

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El actor podría viajar a la Argentina luego de que se levantaran las cautelares que le impedían su retorno al país.

Qué dice el fallo que absolvió a Juan Darthés en la causa de abuso sexual iniciada por Thelma FardinQué dice el fallo que absolvió a Juan Darthés en la causa de abuso sexual iniciada por Thelma Fardin.

Esta mañana Fernando Burlando informó que el Tribunal de Primera Instancia de Brasil absolvió a Juan Darthés en la causa de abuso sexual iniciada por Thelma Fardin. En las últimas horas trascendieron los detalles del fallo que también levantó las cautelares que impedían que el actor saliera de Brasil, país en donde reside actualmente.

“Después de analizar toda la prueba adjunta al expediente, entiendo que no fue posible probar, con la seguridad necesaria capaz de generar un juicio condenatorio, la ocurrencia de la conjunción carnal”, dice la sentencia firmada por el juez federal suplente Fernando Toledo Carneiro.

En ese sentido, destaca que no pudieron precisar cuándo ocurrió la relación carnal: “La versión de la víctima no fue consecuente en cuanto a las relaciones carnales, ya que durante más de nueve años este hecho fue omitido en las pocas denuncias que hacía a personas de su confianza”. Y agrega: “La conjunción carnal no fue narrada ni siquiera al día siguiente de los hechos. De esta manera, los testigos escuchados en la corte realmente corroboran gran parte del testimonio de la víctima. Es posible notar que Thelma narró diferentes partes de lo sucedido a algunas personas cercanas a ella”.

Qué dice el fallo que absolvió a Juan Darthés

“La versión presentada en el expediente demuestra que la víctima siempre tuvo muy claro, desde el primer momento, que Darthés la había besado, practicado sexo oral e introducido los dedos en su vagina, pero, según los informes presentados, tardó mucho tiempo hasta que se dio cuenta de que la había penetrado con su miembro”, dice otro de los fragmentos del documento.

En el archivo también hablan sobre el fenómeno denominado disociación psíquica en psicología: “Se concluye que el fenómeno de la disociación puede definirse como un mecanismo de defensa del propio cuerpo, en el que la víctima borra de su memoria el hecho traumático para poder continuar con su vida, sin dejar, sin embargo, de sufrir el sufrimiento físico y consecuencias psicológicas provocadas por la represión de estos sentimientos. Este fenómeno es aún más frecuente en víctimas de delitos sexuales, dado que sentimientos como la culpa, el miedo y la vergüenza dificultan enormemente la exteriorización de los hechos”.

Juan Darthés fue absuelto en la causa por abuso sexual que inició Thelma Fardin.

Según el Ministerio Público Fiscal, al menos seis expertos en el tema examinaron a Thelma y confirmaron que la demora en hablar de los hechos y recordar la situación de penetración se debió a la disociación provocada por el trauma derivado del abuso sexual.

En cuanto a los testimonios que dieron otras mujeres, el juez explicó que si bien esto “reforzaría el informe presentado por la víctima” no puede olvidar que se está juzgando un caso concreto, sobre un delito específico.

“A la vista de todo lo expuesto, se concluye que existe duda sobre la ocurrencia o no de la conjunción carnal, esencial para la configuración del delito descrito en el art. 213 del Código Penal, con redacción dada en la época de los hechos, según se describe en la denuncia. Y la duda, en este caso, se resuelve a favor del imputado, siendo la absolución la medida que se impone”, concluye Carneiro.

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